Caso Maldonado: apelan absolución de gendarmes

La Fis­calía Fed­er­al de Esquel apeló jun­to a querel­lantes la absolu­ción de cua­tro gen­darmes por la muerte de San­ti­a­go Mal­don­a­do ocur­ri­da en agos­to de 2017 en medio de una protes­ta en Chubut.
   La apelación es al fal­lo del juez fed­er­al, Gus­ta­vo Ller­al, quien desvin­culó a los gen­darmes luego de estar sien­do inves­ti­ga­dos durante años. La apelación la fir­mó el juez San­ti­a­go Roldán jun­to con los querel­lantes que son, la famil­ia de Mal­don­a­do, el Cen­tro de Estu­dios Legales y Sociales (CELS) y la Comisión por la Memo­ria.
   Aho­ra, el juez Ller­al eval­u­ará si con­cede las apela­ciones para que sean eval­u­adas por la Cámara Fed­er­al de Comodoro Riva­davia, aunque, en caso de no hac­er­lo, los apelantes pueden ir “en que­ja”.
   Para­le­la­mente al pro­ce­so judi­cial, está pen­di­ente una que­ja de la famil­ia de Mal­don­a­do con­tra el juez Ller­al ante la Corte Supre­ma de Jus­ti­cia en vir­tud de una pre­sentación en la Corte Inter­amer­i­cana de Dere­chos Humanos por la respon­s­abil­i­dad del Esta­do Argenti­no en la “desapari­ción forza­da” entiende la famil­ia hubo del joven en aque­l­los episo­dios. .
   A Mal­don­a­do se lo vio por últi­ma vez el 1° de agos­to de 2017 y su cuer­po apare­ció recién el 17 de octubre de ese año. La sospecha siem­pre estu­vo sobre el accionar de la Gen­darmería Nacional, ya que, ese 1° de agos­to se llevó a cabo un oper­a­ti­vo en la comu­nidad Pu Los en Resisten­cia Cushamen, en inmedia­ciones de la Ruta 40, la cual era ocu­pa­da por la comu­nidad mapuche.
   Los sobre­seimien­tos recayeron sobre el gen­darme Emmanuel Echazu, inves­ti­ga­do por desapari­ción forza­da de per­sona, y tam­bién sobre Juan Pablo María Esco­la, Víc­tor Vaquila Ocam­po y Marce­lo Iván Fer­reyra, estos tres últi­mos acu­sa­dos por los deli­tos de daño, abu­so de autori­dad y omisión de deberes de fun­cionario públi­co.
   El mag­istra­do eval­uó que la Gen­darmería no detu­vo en ese oper­a­ti­vo ni a Mal­don­a­do ni a ningu­na otra per­sona y tam­bién que haya sido lle­va­do a algún lugar por la fuerza de seguri­dad.
   Además, de la autop­sia real­iza­da el 20 de octubre de 2017 se con­stató que el joven murió por asfix­ia por sumer­sión y que su ingre­so a las frías aguas del Río Chubut fue cuan­do esta­ba con vida. Mal­don­a­do no sabía nadar y las bajas tem­per­at­uras de las aguas atrofi­aron su cuer­po y has­ta se espec­u­la con la supues­ta pér­di­da de con­scien­cia.
   “Debo ten­er por proba­do que San­ti­a­go Andrés Mal­don­a­do fal­l­e­ció en el Río Chubut, a la altura del pre­dio ocu­pa­do por la comu­nidad denom­i­na­da Pu Lof en Resisten­cia Cushamen, en la hon­don­a­da de aprox­i­mada­mente más de 2 (dos) met­ros de pro­fun­di­dad en la que se sumergió el 1° de agos­to de 2017; y que su cuer­po sin vida per­maneció inin­ter­rump­i­da­mente allí has­ta que fue hal­la­do el 17 de octubre de 2017, primero sumergi­do en el fon­do del lecho y, pocos días antes de su rescate, flotan­do en la super­fi­cie de ese cur­so de agua”, con­cluyó el juez en su exten­so fal­lo.

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